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Código de ética
Ley 435 de 1998, Título VI, Artículos 14 al 23
 
Consulte el texto completo aquí

“Las normas de ética y conducta tienen como objetivo principal la protección del público, la atención de los menos poderosos, y del bienestar de la sociedad en general, así como la defensa de los intereses profesionales de los arquitectos”

Acuerdo de la UIA sobre normas internacionales de profesionalismo recomendadas para
la práctica de la arquitectura


La ética profesional es un compromiso ineludible con nosotros mismos, que consiste en tener conciencia de la responsabilidad y el honor que implica ejercer para el país una profesión. Por esta razón la ética profesional siempre estará relacionada con la calidad del trabajo que desempeñamos.

El Código de Ética consignado en la Ley 435 de 1998 reúne las reglas de juego que debe cuidar todo profesional, si quiere seguir siendo un profesional honorable. El Estado colombiano, a través del Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares , recibe denuncias de cualquier ciudadano por incumplimientos al código de ética, y podrá sancionar a los Arquitectos y Profesionales Auxiliares de esta profesión por amonestación escrita, suspensión en el ejercicio de la profesión hasta por cinco años y cancelación de la Matrícula o Certificado de Inscripción Profesional según el caso.
 
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Actualizado el: Martes, 10 de Agosto de 2010