EL CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES CPNAA
INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL
Es un hecho notorio de público conocimiento la convocatoria realizada por las centrales obreras, movimientos sindicales y sociales, para la movilización de la ciudadanía a través del mecanismo de paro de carácter nacional a realizarse el próximo jueves 21 de noviembre de 2019 a partir de las 0 horas.
Es de público conocimiento que se han presentado serios disturbios, afectaciones a la movilidad y perturbaciones al orden público, en el desarrollo de paros y protestas similares que se han realizado durante la presente vigencia.
Dada la ubicación de la sede del CPNAA y los puntos de encuentro que se han anunciado en los medios de comunicación con ocasión al paro de carácter nacional a realizarse el próximo jueves 21 de noviembre a partir de las 0 horas, es posible que el desarrollo de las actividades previstas para el referido paro nacional, se presenten situaciones o conductas que pongan en riesgo, tanto la infraestructura, como la integridad física de los trabajadores de la entidad, así como el buen funcionamiento y la prestación del servicio.
En virtud de lo expuesto y en atención a lo señalado en el inciso final del artículo 2 de la Constitución Política, el artículo 7 de la Ley 1437 de 2011 y el numeral 6 del artículo 8 del CPACA, es necesario autorizar por razones preventivas, relacionadas con la seguridad y el orden público, la suspensión del servicio presencial al público en la sede del CPNAA ubicada en la Carrera 6 Nro. 26 B – 85 Oficina 201, 301 y 401 de la ciudad de Bogotá, D.C. durante el día 21 de noviembre de 2019.
Los usuarios de los servicios de la entidad, pueden enviar todas sus peticiones a través del módulo PQRD del sitio www.cpnaa.gov.co, los correos electrónicos info@prueba.cpnaa.gov.co y procesosdisciplinarios@prueba.cpnaa.gov.co y demás canales electrónicos como el servicio de Chat que estará disponible durante el horario de atención al público, inclusive pueden hacer pagos en línea, presentar los documentos y requisitos necesarios para la obtención de la Matrícula Profesional, certificado de Inscripción Profesional, duplicados y demás actos relacionados a través de la plataforma virtual del CPNAA, razón por la cual no hay lugar a suspender los términos de los trámites y procedimientos que se adelantan en el CPNAA y que continúan su trámite normal, por parte de los trabajadores del CPNAA que prestaran el servicio mediante la modalidad de teletrabajo.
Igualmente se anuncia que los interesados en los servicios de la entidad pueden obtener en línea el Certificado de Vigencia Profesional.
Dada en Bogotá D.C, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019).