Noticias del sector 23 de noviembre de 2020

Reporte de prensa

23 de noviembre de 2020

Nacional 

Publicado en Diario Oficial acto MinHacienda que modifica las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria

MinHacienda–Decreto–2020-N

Artículo 1. Adiciónese el Título 7 al Libro 31 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010 el cual quedará así: “Título 7. Renta vitalicia inmobiliaria. Capítulo 1. Condiciones generales de la operación. Artículo 2.31.7.1.1 Objeto. Establecer etapas y condiciones para el desarrollo de la renta vitalicia inmobiliaria a cargo de las compañías aseguradoras de vida. Estas entidades podrán ofrecer la renta vitalicia inmobiliaria, en los términos y condiciones contenidos en las normas aplicables, otorgando una renta periódica a cambio del precio de la prima, representado en la transferencia de la nuda propiedad del inmueble por parte del tomador a la compañía aseguradora o el tercero que ésta determine. Para efectos del presente Título se entenderá como tomador el o los propietarios del inmueble quien o quienes transfieren la nuda propiedad; como los beneficiarios aquellos que se definan así al momento de celebrar el contrato y a la compañía aseguradora de vida como el asegurador.

https://www.articulo20.com.co/contenidos/detalles/?iddix=421508&d=2
Bogotá, ejemplo de construcción sostenible en el paísBogota-SAD-Comunicado-2020-N

En Colombia hay 268 edificaciones sostenibles certificadas, según el Observatorio del Sistema de Ciudades, del Departamento Nacional de Planeación (DNP). El 54,6 % de estas construcciones se encuentra en Bogotá. Este panorama evidencia el avance que ha tenido el país y, principalmente, la capital en la promoción de la construcción sostenible durante los últimos años, pero también supone diferentes retos para lograr que más zonas se adhieran a los beneficios del diseño y la arquitectura ambientalmente responsable. 

https://www.articulo20.com.co/contenidos/detalles/?iddix=422388&d=2
Bosa le da la bienvenida a la segunda ‘Manzana del cuidado’Bogotá-Alcaldía-Comunicado-2020-N

La segunda ‘Manzana del cuidado’ de Bogotá se inauguró este lunes en la UPZ El Porvenir, en la localidad de Bosa. Con una gran variedad de servicios y actividades dirigidas a personas cuidadoras, a niñas y niños menores de 5 años, personas mayores y personas con discapacidad, se desarrollarán múltiples acciones para que los trabajos de cuidado dejen de ser una responsabilidad casi exclusiva de las mujeres, como lo ha sido tradicionalmente en nuestra sociedad. 

https://www.articulo20.com.co/contenidos/detalles/?iddix=422618&d=2
En un 96% avanza la construcción de la Avenida Rincón, en la localidad de SubaBogotá-IDU-Comunicado-2020-N

En un 96% avanzan las obras de construcción de la Avenida Rincón, que mejorará la movilidad de 1.200.000 personas aproximadamente, de 25 barrios de la localidad de Suba. La vía y la ciclorruta estarán finalizadas en diciembre de 2020. El corredor vial de la Avenida El Rincón (entre la Carrera 91 y la Avenida Conejera) permitirá optimizar la movilidad del tránsito motorizado que circula y circulará por la red vial localizada dentro de las UPZs de Suba, El Rincón y Niza, permitiendo una redistribución del flujo vehicular de corredores como la Avenida Suba, la carrera 91, la Avenida Boyacá y la Avenida Ciudad de Cali, vitales para la movilidad dentro de la localidad de Suba.

https://www.articulo20.com.co/contenidos/detalles/?iddix=422620&d=2
Convocatoria para cofinanciar proyectos de vivienda rural también llega a CaquetáMinVivienda–Comunicado–2020-N

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lanzó la primera política pública de vivienda rural, de la cual nace el programa “Vivienda Social para el Campo”, que busca beneficiar a 10.299 familias campesinas con una vivienda nueva a 2022. Para poner en marcha el programa “Vivienda Social para el Campo”, la cartera ministerial abrió una convocatoria por $161.000 millones, dirigida a las alcaldías y gobernaciones que deseen cofinanciar proyectos de construcción de vivienda rural nueva en sus territorios.

https://www.articulo20.com.co/contenidos/detalles/?iddix=422739&d=2
Actividades del sector construcción se encuentran exceptuadas de la medida de aislamiento obligatorio a causa del Covid-19: ColCompraCol-Compra-Eficiente–Concepto–2020-N

Colombia Compra Eficiente se refirió al numeral 18 del artículo 3 del Decreto 990 de 2020, según el cual “para que el aislamiento preventivo obligatorio garantice el derecho a la vida, a la salud en conexidad con la vida y la supervivencia, los gobernadores y alcaldes, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus Covid-19, permitirán el derecho de circulación de las personas en los siguientes casos o actividades: (…) las actividades del sector de la construcción, ejecución de obras civiles y la remodelación en inmuebles, así como el suministro de materiales e insumas exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas”.

https://www.articulo20.com.co/contenidos/detalles/?iddix=420888&d=2
Gobierno invita a empresas privadas para que se unan a la reconstrucción de Providencia

Desde el Ministerio de Vivienda se lanzó la campaña “Reconstruyamos Juntos a Providencia” para invitar a todos los empresarios del país a realizar donaciones de vivienda para los damnificados por el huracán Iota en el archipiélago.

“La reconstrucción de Providencia es una causa país en la que todos debemos sumar, por eso invitamos a la empresa privada a que se una y juntos brindemos vivienda digna a los providéncianos. Como lo ha ordenado el presidente Iván Duque, el objetivo es avanzar en la reconstrucción de la isla en los próximos 100 días”, manifestó Jonathan Malagón, ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio.

https://www.minvivienda.gov.co/sala-de-prensa/gobierno-invita-empresas-privadas-para-que-se-unan-la-reconstruccion-de-providencia
Propuestas de cofinanciación para construir proyectos de vivienda rural se podrán presentar hasta el 30 de noviembre

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lanzó la primera política pública de vivienda rural, de la cual nace el programa “Vivienda Social para el Campo”, que busca beneficiar a 10.299 familias campesinas con una vivienda nueva a 2022. 

Para poner en marcha el programa “Vivienda Social para el Campo”, la cartera de vivienda abrió una convocatoria por $161.000 millones, dirigida a las alcaldías y gobernaciones que deseen cofinanciar proyectos de construcción de vivienda rural nueva en sus territorios.  

https://www.minvivienda.gov.co/sala-de-prensa/propuestas-de-cofinanciacion-para-construir-proyectos-de-vivienda-rural-se-podran-presentar-hasta-el-30-de-noviembre
Mesa de Expertos: Gobiernos metropolitanos y gestión del agua

El Observatorio de Gobierno Urbano del Instituto de Estudios Urbanos de la Universidad Nacional de Colombia, sede Bogotá, invita a la mesa de expertos: Gobiernos metropolitanos y gestión del agua, el miércoles 25 de noviembre de 5:00 p.m.

http://ieu.unal.edu.co/medios/noticias-del-ieu/item/mesa-de-expertos-gobiernos-metropolitanos-y-gestion-del-agua
Casas en Colombia: Naturaleza en viviendas según clima de pisos térmicos

En Colombia se goza con una enorme variedad de pisos térmicos que generan paisajes maravillosos, y entornos naturales de ensueño. La flora y la fauna son identificables dependiendo de la región, la altitud y la humedad. Para las prácticas que diseñan viviendas colombianas, la naturaleza del contexto suele ser una inspiración constante, desde incorporar vegetación como elementos arquitectónicos en el interiores, hasta enmarcar los paisajes próximos. Al momento de planificar la percepción espacial sin importar si es adentro o desde afuera la naturaleza hace parte parte innegable de las obras.

https://www.archdaily.co/co/951282/casas-en-colombia-naturaleza-como-elemento-arquitectonico-en-las-viviendas

Otros

Tras retrasos ocasionados por la pandemia de Coronavirus, M + lanza la exposición “Archigram Cities” en formato híbrido

Luego de que su inauguración se interrumpiera el invierno pasado debido a la pandemia de coronavirus, la tan esperada exposición Archigram Cities ya se encuentra en pleno funcionamiento. Presentada por el Museo de cultura visual M + de Hong Kong y organizada en colaboración con el Departamento de Arquitectura de la Universidad de Hong Kong y la Central de Arte de Shanghai, Archigram Cities tomó la forma de una lista híbrida de eventos virtuales / presenciales -conferencias, proyecciones, presentaciones y más- que exploran y celebran el vasto legado del colectivo arquitectónico de vanguardia británico Archigram.

https://www.archdaily.co/co/951683/tras-retrasos-ocasionados-por-la-pandemia-de-coronavirus-m-plus-lanza-la-exposicion-archigram-cities-en-formato-hibrido
Urbanismo radial: nueve ejemplos del mundo visto desde arriba

El llamado “trazado urbano radioconcéntrico” está conformado por calles que parten de un determinado centro y van radialmente al límite exterior de la ciudad, además de calles dispuestas de forma concéntrica, que establecen la conexión entre las vías radiales y los solares. Este patrón ha estado presente a lo largo de la historia, desde la antigüedad hasta la actualidad.

https://www.archdaily.co/co/951725/urbanismo-radial-nueve-ejemplos-del-mundo-visto-desde-arriba
Economía circular + Gestión del agua = Sistema cerámico de drenaje urbano sostenible

LIFE CERSUDS (de las siglas en inglés Ceramic Sustainable Urban Drainage System) es una propuesta que se desarrolla en el marco del programa LIFE – el instrumento de financiación de la Unión Europea para el medio ambiente y la acción climática. Se trata de un sistema urbano de drenaje sostenible (SUDS) que utiliza material cerámico de bajo valor comercial como sistema filtrante de pavimentación con el objetivo de mejorar la capacidad de adaptación de las ciudades frente a la crisis climática.

https://www.archdaily.co/co/951679/economia-circular-plus-gestion-del-agua-crisis-climatica-equals-sistema-ceramico-de-drenaje-urbano-sostenible


POLÍTICA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

  1. OBJETIVO:

    Establecer los criterios para la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de datos personales necesarios para la Expedición de las correspondientes tarjetas de matrícula profesional de arquitectura y certificados de inscripción profesional; realizar la cancelación o suspensión de la matrícula profesional de arquitectura y/o certificado de inscripción profesional por faltas al Código de Etica y al correcto ejercicio profesional; Fomentar el ejercicio de la profesión de la arquitectura y profesiones auxiliares dentro de los postulados de la ética profesional; Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones comprobadas a las disposiciones legales que reglamenten el ejercicio profesional de la arquitectura y profesiones auxiliares; Elaborar y mantener un registro actualizado de arquitectos y profesionales auxiliares de la arquitectura; Vigilar y controlar el ejercicio profesional de los arquitectos y de los profesionales auxiliares de la arquitectura de los datos personales tratados por EL CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES.

  2. ALCANCE:

    Esta política aplica para toda la información personal registrada en las bases de datos del CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES, quien actúa en calidad de responsable del tratamiento de los datos personales.

  3. OBLIGACIONES:

    Esta política es de obligatorio y estricto cumplimiento para todos los trabajadores y terceros con acceso a las bases de datos con información personal del CONSEJO PROFESIONAL NACIONACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES.

  4. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO:

    EL CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES, Entidad legalmente constituida mediante la mediante la Ley 435 de 1998, y regulado por el Decreto 932 de 1998, la Ley 1768 de 2015 y la Ley 1796 de 2016, encargado del fomento, promoción, control y vigilancia del ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares identificada con el NIT 830.059.954- 7, con domicilio principal en la Carrera 6 No. 26 B – 85 – Oficina 201 de la ciudad de Bogotá, República de Colombia. Página www.cpnaa.gov.co, Teléfono 601-3502700 ext. 1101 y ext. 1106 en la ciudad de Bogotá.

  5. TRATAMIENTO Y FINALIDAD

    El tratamiento que realizará el CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES, con la información personal será el siguiente:

    • La recolección, almacenamiento, uso, circulación de información personal para efectuar las gestiones pertinentes para el desarrollo de las funciones designadas en mediante la Ley 435 de 1998, Articulo 10, y regulado por el Decreto 932 de 1998, la Ley 1768 de 2015 y la Ley 1796 de 2016.
    • Realizar la expedición de las correspondientes tarjetas de matrícula profesional de arquitectura y certificados de inscripción profesional;
    • Realizar la cancelación o suspensión de la matrícula profesional de arquitectura y/o certificado de inscripción profesional por faltas al Código de Etica y al correcto ejercicio profesional;
    • Fomentar el ejercicio de la profesión de la arquitectura y profesiones auxiliares dentro de los postulados de la ética profesional;
    • Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones comprobadas a las disposiciones legales que reglamenten el ejercicio profesional de la arquitectura y profesiones auxiliares;
    • Elaborar y mantener un registro actualizado de arquitectos y profesionales auxiliares de la arquitectura;
    • Vigilar y controlar el ejercicio profesional de los arquitectos y de los profesionales auxiliares de la arquitectura.
    • Gestionar trámites, solicitudes, quejas, reclamos dentro del alcance de las competencias establecidas a la Entidad
    • Realizar invitaciones a eventos y ofrecer nuevos servicios para fomentar el ejercicio de la profesión de la arquitectura y profesiones auxiliares dentro de los postulados de la ética profesional
    • Efectuar encuestas de satisfacción respecto de los servicios ofrecidos por el CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES
    • Contactar al Titular a través de medios telefónicos para realizar encuestas, estudios y/o confirmación de datos personales necesarios para la ejecución de las funciones legalmente establecidas a la Entidad.
    • Contactar al Titular a través de medios electrónicos – SMS o chat para el envío de noticias o avances sobre los tramites que adelante el titular de los datos ante el CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES.
    •  

    5.1 Tratamiento de datos sensibles

    Cuando se recolecten datos calificados como sensibles, los mismos, serán tratados con las siguientes finalidades: cumplimiento de las obligaciones misionales, caracterización de ciudadanos y grupos de interés, adelantar estrategias de mejoramiento en la prestación del servicio y alimentar los sistemas de información de la Entidad que soportan el cumplimiento de sus obligaciones legales

  6. DERECHOS DE LOS TITULARES:

    Como titular de sus datos personales Usted tiene derecho a:

    1. Acceder de forma gratuita a los datos proporcionados que hayan sido objeto de tratamiento. El CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES. garantiza el derecho de acceso a los datos personales, una vez se haya verificado la identidad del titular, su causahabiente o representante, poniendo a disposición de estos, los respectivos datos personales. Para tal efecto se garantiza los medios y mecanismos electrónicos o presenciales sencillos y con disponibilidad permanente, los cuales permitan el acceso directo del titular a los datos personales, los cuales serán informados en el Aviso de Privacidad o en el Formato de Autorización para el tratamiento de datos personales. El CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES, habilitará los medios electrónicos existentes en la Entidad encaminados a garantizar este derecho, que serán los mismos utilizados para la recepción y atención de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias.
    2. Conocer, actualizar y rectificar su información frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté prohibido o no haya sido autorizado. El CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES, como responsable del tratamiento de los datos, deberá rectificar y actualizar a solicitud del titular toda información que de éste resulte ser incompleta o inexacta. Para estos efectos, el titular o su causahabiente o representante, señalará las actualizaciones y rectificaciones a que dieran lugar, junto a la documentación que soporte su solicitud.
    3. Solicitar prueba de la autorización otorgada para el tratamiento de los datos personales.
    4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente.
    5.  
    6. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato, siempre que no exista un deber legal o contractual que impida eliminarlos. Los Titulares podrán en todo momento y cuando consideren que los datos no están recibiendo un tratamiento adecuado, o los mismos no son pertinentes o necesarios para la finalidad para la cual fueron recolectados, solicitar al CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES la supresión de sus datos personales mediante la presentación de una petición. Si vencido el término legal respectivo, no se han eliminado los datos personales, el titular tendrá derecho a solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio que ordene la supresión de los datos personales.
      No obstante, la solicitud de supresión de datos no procederá cuando el titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos o la supresión de los datos represente un impedimento en actuaciones administrativas, investigación de delitos o actualización de sanciones a cargo del CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES.
    7. Abstenerse de responder las preguntas sobre datos sensibles. Tendrá carácter facultativo las respuestas que versen sobre datos sensibles o sobre datos de las niñas y niños y adolescentes.
  7. ATENCIÓN DE PETICIONES, CONSULTAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS

    Los titulares o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley y demás normas que la desarrollan. La Oficina Administrativa y Financiera es la dependencia que tiene a cargo dar trámite a las solicitudes de los titulares para hacer efectivos sus derechos. El CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES ha dispuesto de los siguientes canales de atención de peticiones, consultar, reclamos y sugerencias

    • Canal presencial en las oficinas ubicadas en la Carrera 6 No. 26 B – 85 – Oficina 201 – Bogotá D.C.- Colombia. Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. y 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
    • Línea de atención al usuario en Bogotá: 601-3502700 ext. 1101 y ext. 1106
    • Línea de atención procesos disciplinarios en Bogotá: 601-3502700 ext. 1102
    • Correo electrónico: info@cpnaa.gov.co
    • Sitio web institucional https://www.cpnaa.gov.co/modulo-pqrs/
  8. PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE HABEAS DATA

    En cumplimiento de las normas sobre protección de datos personales, El CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES presenta el procedimiento y requisitos mínimos para el ejercicio de sus derechos:

    Para la radicación y atención de su solicitud le solicitamos suministrar la siguiente información:

    • Nombre completo y apellidos
    • Numero y tipo de documento de identificación
    • Datos de contacto (Dirección de correspondencia y/o electrónica y teléfonos de contacto),
    • Motivo(s)/hecho(s) que dan lugar al reclamo con una breve descripción del derecho que desea ejercer (conocer, actualizar, rectificar, solicitar prueba de la autorización otorgada, revocarla, suprimir, acceder a la información)

    Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción para que complete los datos. Transcurridos un (1) mes desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo

    En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, se dará traslado a la Oficina Administrativa y Financiera como encargada de contactar al titular del dato, en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.

    El término máximo previsto por la ley para resolver su reclamación es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, El CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE ARQUITECTURA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

    Una vez cumplidos los términos señalados por la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la reglamenten o complementen, el Titular al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de acceso, actualización, rectificación, supresión y revocación podrá poner su caso en conocimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio – Delegatura para la Protección de Datos Personales-.

  9. VIGENCIA:

    La presente Política para el Tratamiento de Datos Personales rige a partir del 11 de agosto de 2022.

    Las bases de datos en las que se registrarán los datos personales tendrán una vigencia igual al tiempo en que se mantenga y utilice la información para las finalidades descritas en esta política. Los datos personales proporcionados se conservarán mientras no se solicite su supresión por el interesado y siempre que no exista un deber legal de conservarlos.

  10. DEFINICIONES:

    DATO BIOMETRICO: Parámetros físicos únicos de cada persona que comprueban su identidad y se evidencian cuando la persona o una parte de ella interacciona con el sistema (ej. huella digital o voz).

    DATO PERSONAL: Es cualquier pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una persona natural o jurídica. Los datos personales pueden ser públicos, semiprivados o privados. Ley 1266/2008

    HABEAS DATA: Derecho a acceder a la información personal que se encuentre en archivos o bases de datos; implica la posibilidad de ser informado acerca de los datos registrados sobre sí mismo y la facultad de corregirlos.

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